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Cuatro son los derechos inherentes a las obras y que corresponde al autor: el de copia, el de transformación (por ejemplo, la traducción o las versiones cinematográficas), el de distribución y el de difusión. «En el tema de la propiedad intelectual se presenta una problemática: quién puede hacer qué», de ahí las licencias Creative Commons que coronan este post. Este esquema ayuda a visualizar el abanico de posibilidades; desde la modulación de la transformación o derivación de la obra hasta los permisos comerciales, pasando por los Share-alike (también llamadas licencias Copyleft).
Encontraréis más información sobre el tema en este enlace. Y, recordad, que algo sea "libre" poco tiene que ver con que sea considerado "gratis".
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