«Compartir significa cómo podemos jurídicamente hacer un acceso a un objeto y, no solo pararnos en ese acceso, sino poder transformar ese objeto y poder distribuirlo en soportes físicos y ponerlo a disposición del público en las redes, por ejemplo», dijo Javier de la Cueva en la jornada "Abre tu organización a la Red". Subrayó que, según la normativa en propiedad intelectual, el autor es dueño de su obra, por lo que es éste el que tiene que establecer los permisos de difusión y transformación.
Cuatro son los derechos inherentes a las obras y que corresponde al autor: el de copia, el de transformación (por ejemplo, la traducción o las versiones cinematográficas), el de distribución y el de difusión. «En el tema de la propiedad intelectual se presenta una problemática: quién puede hacer qué», de ahí las licencias Creative Commons que coronan este post. Este esquema ayuda a visualizar el abanico de posibilidades; desde la modulación de la transformación o derivación de la obra hasta los permisos comerciales, pasando por los Share-alike (también llamadas licencias Copyleft).
Encontraréis más información sobre el tema en este enlace. Y, recordad, que algo sea "libre" poco tiene que ver con que sea considerado "gratis".
No hay comentarios:
Publicar un comentario