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El colegio profesional en cuestión, Colegio de Arquitectos Técnicos de Fuerteventura, solicitaba dichos datos para completar los requisitos de la Ley sobre incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas con lo previsto en los Estatutos Oficiales del mencionado colegio.
El informe advierte que, por el contrario, la cesión de datos por el colegio profesional a la Administración sí puede estar amparada por la Ley de Colegios Profesionales.
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